Condiciones Comerciales Generales para servicios de planificación de Ingenics AG
1. Generalidades, ámbito de validez
(1) Las presentes Condiciones Comerciales Generales (en lo sucesivo «CCG») son aplicables para todos los servicios de planificación (en lo sucesivo, denominados colectivamente «Servicios») prestados por Ingenics AG, Schillerstraße 1/15, 89077 Ulm, Alemania y todos sus sucesores legales (en lo sucesivo, «Ingenics») en la actividad comercial con empresas de conformidad con el § 14 del Código Civil alemán, personas jurídicas de derecho público o un activo especial en derecho público (en lo sucesivo, denominados «Cliente») en el marco de los contratos correspondientes. Ingenics y el Cliente también serán denominados, en lo sucesivo, las «Partes».
(2) Para los contratos del Cliente con Ingenics y los distintos pedidos de Servicios, se aplicarán exclusivamente las CCG y cualquier otro acuerdo establecido por escrito. Las CCG se aplicarán en el marco de las relaciones comerciales en curso entre Ingenics y el Cliente, aunque no se acuerden de nuevo explícitamente entre las Partes.
(3) No se admite la validez de Condiciones Comerciales Generales del Cliente contrarias o diferentes de las CCG salvo en el caso de que Ingenics haya aceptado su validez expresamente por escrito. Las CCG también se aplican cuando Ingenics, teniendo conocimiento de la existencia de Condiciones Comerciales Generales del Cliente contrarias o distintas de las presentes Condiciones de compraventa, acepta sin reservas un Servicio.
2. Formalización del contrato
(1) Todas las ofertas de Ingenics se emiten sin compromiso y con carácter no vinculante, siempre que no se identifiquen expresamente como vinculantes.
(2) Con el pedido, el Cliente declara de forma vinculante que desea encargar los Servicios pedidos. Ingenics está autorizada a aceptar la oferta contractual integrada en el pedido en las dos semanas siguientes a su recepción. La aceptación se puede realizar por escrito, en forma textual o electrónica.
3. Volumen de prestaciones, plazo de prestación, demora
(1) Para el volumen de la prestación contractualmente debida, es determinante la confirmación del pedido de Ingenics, si se produce, incluyendo las presentes CCG. Las afirmaciones orales o las conversaciones previas a la confirmación del pedido son no vinculantes y serán sustituidas por la confirmación del pedido, siempre que no expresen de forma explícita su carácter vinculante.
(2) Ingenics prestará los servicios conforme a las normas técnicas generalmente reconocidas y en observancia de la normativa legal imponible en el momento de la formalización del contrato, con el cuidado habitual en el sector. Para el cumplimiento de las obligaciones contractuales por parte de Ingenics es necesaria la colaboración adecuada y a tiempo del mandante.
(3) Los plazos y las fechas de prestación solo son vinculantes si se acordaron de forma vinculante en el contrato y el cliente ha proporcionado a tiempo a Ingenics toda la información y documentación necesaria para la prestación del servicio. Mientras el Cliente se encuentre en demora en el cumplimiento de una obligación para con Ingenics, se suspende la obligación de prestación. En caso de incumplimiento doloso de las obligaciones de colaboración por parte del Cliente, Ingenics tiene derecho a la compensación del daño causado con ellos, incluyendo los posibles gastos añadidos. Reservado el derecho a presentar otras reclamaciones.
(4) Si, por motivos no atribuibles a Ingenics, las fechas y los plazos de prestación vinculantes no se pueden cumplir (No disponibilidad del servicio), Ingenics informará inmediatamente al cliente y, al mismo tiempo, le comunicará un nuevo plazo de prestación. Los plazos y las fechas de prestación se prorrogan o desplazan en un periodo igual a la duración de la No disponibilidad del servicio. Se consideran casos de No disponibilidad del servicio en este sentido, especialmente, las circunstancias y los acontecimientos imprevisibles, inevitables y que escapen a la influencia de Ingenics, como casos de fuerza mayor, guerras, catástrofes naturales o luchas laborales; estos casos eximen a Ingenics de la obligación de prestar el servicio a tiempo mientras duren. Se informará al cliente de la manera adecuada sobre la aparición de la anomalía. Si el final de la anomalía no es previsible o si se prolonga más de dos meses, cada una de las Partes está autorizada a retirarse del contrato o bien a terminarlo. Quedan excluidas las reclamaciones por daños y perjuicios, salvo en el caso de que Ingenics incurra en conducta premeditada o negligencia grave.
(5) Por lo demás, la demora de Ingenics se orienta por las disposiciones legales; no obstante, en cualquier caso, es necesario que el cliente advierta por escrito.
4. Obligaciones de colaboración
(1) El Cliente se compromete a apoyar a Ingenics en la prestación de sus Servicios con el alcance necesario y realizar, para ello, todas las actuaciones adecuadas de forma completa y a su debido tiempo.
(2) Esto incluye, particularmente, la obligación del cliente de proporcionar a Ingenics la información y documentación necesarios, siempre que sea necesario para la prestación de los Servicios, y facilitar el acceso a terrenos, instalaciones u otros espacios del Cliente.
(3) En la medida en que el Cliente no cumpla su obligación de colaboración , Ingenics puede exigir su colaboración estableciendo un plazo adicional razonable. Si el Cliente sigue sin cumplir su obligación de colaboración, Ingenics está autorizada a retirarse del contrato y exigir la compensación de los gastos sufridos hasta ese momento.
5. Gratificación, pago
(1) Si no se ha acordado expresamente lo contrario para el caso particular, se aplicarán los precios actuales en el momento de la formalización del contrato, conforme a las listas de precios de Ingenics para todos los Servicios allí prestados.
(2) La gratificación por los servicios de Ingenics, si las Partes no acuerdan lo contrario, se factura tras la aceptación y es pagadera 14 días después de la fecha de factura, sin descuentos. Para la fecha de pago es determinante la recepción del pago por parte de Ingenics.
(3) Si el Cliente incurre en demora, Ingenics está autorizada a exigir intereses de demora con la cuantía legal correspondiente. Ingenics se reserva expresamente el derecho a demostrar que ha sufrido daños mayores por demora y reclamarlos. De cara a los comerciales, lo aquí expuesto no afecta a la reclamación de intereses de vencimiento comerciales (art. 353 del Código Mercantil alemán).
(4) El Cliente solo tiene derecho a compensación si su contrarreclamación se declara legalmente válida y sin objeciones.
(5) Si, tras la formalización del contrato, se detecta que las pretensiones de cobro se ven amenazadas por la falta de capacidad de prestación del cliente, Ingenics está autorizada a prestar los Servicios aún pendientes únicamente previo pago por adelantado o prestación de garantía. Si los pagos por adelantado o las prestaciones por garantía no se han realizado tras un plazo adicional razonable establecido, Ingenics se puede retirar total o parcialmente del contrato. Lo aquí expuesto no afecta al ejercicio de otros derechos.
6. Aceptación
(1) Los defectos insustanciales o las faltas insignificantes, especialmente las que afectan de manera nimia al uso contractualmente acordado o previsto de los Servicios o bien reducen de forma insignificante las características previstas o acordadas o las expectativas del mandante, no afectan a la idoneidad para la aceptación y la aceptación.
(2) Si el Cliente no acepta la obra, aunque esta se ajuste a contrato, Ingenics está autorizada a exigir la aceptación por parte del Cliente dentro de un plazo adicional razonable establecido por Ingenics. Si el Cliente no acepta la obra dentro de este plazo adicional, la obra se considera aceptada.
7. Derechos de uso
(1) Ingenics otorga al Cliente, sobre cualquier derecho de autoría y otros derechos de la propiedad intelectual surgidos sobre los resultados de los Servicios, un derecho de uso no transferible y sin restricciones espaciales y temporales siempre y en la medida en que las Partes no acuerden lo contrario.
(2) El Cliente no está autorizado a emitir sublicencias, a publicar los Servicios, copiarlos, difundirlos o proyectarlos.
(3) En la medida en que Ingenics emplee trabajadores y/o terceros para la prestación de sus Servicios, Ingenics adquirirá sus derechos de uso correspondientes y los transferirá al Cliente dentro de lo establecido en el apartado (1).
(4) La gratificación por la concesión de los derechos de uso está incluido en los honorarios acordados.
8. Garantía; responsabilidad
(1) Siempre que no se haya acordado contractualmente lo contrario, los Servicios se consideran libres de deficiencias cuando son adecuados para el uso convencional y sus características son las habituales para los servicios equiparables y las esperables por el Cliente. Ingenics garantiza únicamente el cumplimiento de las normas técnicas reconocidas, la aplicación del cuidado habitual en el sector y la prestación de los Servicios acordados con personal cualificado, pero no la adecuación de la planta para un fin determinado o el posterior procesamiento o uso de la obra por parte del cliente, siempre que no se haya acordado expresamente en el contrato.
(2) La aceptación incondicional de los Servicios excluye todos los derechos y reclamaciones del cliente en relación con los defectos que ya fueran detectables en el momento de la aceptación. Se excluye la presentación de reclamaciones relacionadas con deficiencias que no eran detectables en el momento de la aceptación, salvo que el cliente informe a Ingenics por escrito sobre la deficiencia inmediatamente después de su detección.
(3) Las reclamaciones de garantía del Cliente prescriben en los casos del art. 634A, apdo. 21 n.º 2 del Código Civil alemán en 5 años, en los restantes casos en un año a contar desde la aceptación de los Servicios.
(4) Por lo demás, Ingenics responde de manera ilimitada en casos de lesiones a la vida, la integridad física o la salud, en reclamaciones basadas en la Ley de responsabilidad sobre los productos (ProdHG) o en otro tipo de infracciones de la responsabilidad intencionadas o por negligencia grave.
(5) En caso de daños materiales o patrimoniales causados por negligencia leve, Ingenics solo responde en caso de incumplimiento de obligaciones contractuales esenciales. Se consideran obligaciones contractuales esenciales aquellas cuyo cumplimiento es imprescindible para la adecuada ejecución del contrato, particularmente la obligación de ausencia de deficiencias y la idoneidad de los servicios para el uso.
(6) En caso de infracción de las obligaciones contractuales esenciales, la responsabilidad de Ingenics por los daños previsibles, típicos del contrato, es limitada.
9. Terminación
(1) El contrato se puede terminar de manera ordinaria respetando el plazo de terminación acordado.
(2) Ambas Partes pueden terminar el contrato por razones importantes. Existe razón importante para la terminación por parte de Ingenics, particularmente, cuando el cliente incurre repetidamente en demora en sus pagos. Asimismo, existe razón importante para Ingenics cuando el Cliente interrumpe sus pagos o ha solicitado el inicio de un proceso de insolvencia sobre su patrimonio.
(3) Toda terminación se debe realizar por escrito.
10. Disposiciones finales
(1) El contrato y los derechos extracontractuales relacionados con el mismo se rigen por el derecho de la República Federal de Alemania, excluyendo el derecho de conflicto legal.
(2) Para todos los litigios surgidos o derivados del contrato, el tribunal competente, siempre que sea legalmente admisible, es el de Ulm, Alemania.
Versión: 08/2017